Violencia de Género: El Tribunal de Cuentas ya tiene su propio protocolo de intervención

Impulsado por la Comisión de Género y Diversidad, el organismo puso en vigencia su Protocolo Institucional de Acción para la Prevención e Intervención ante Situaciones de Violencia y/o Discriminación por Motivos de Género y/o Diversidad.

En una primera parte, el documento establece una serie de principios rectores, dentro de los cuales se destaca el derecho de la persona que presente un caso a ser escuchada sin revictimizarla, es decir, evitando la reiteración innecesaria del relato de los hechos. Asimismo, se establece que las consultas serán de tipo confidencial hasta tanto la persona decida ratificar su denuncia ante la Comisión de Género y Diversidad, luego de lo cual, el procedimiento continuará bajo reserva.

Se establece, además, que “ninguna víctima o testigo de violencia laboral podrá sufrir perjuicio alguno en su empleo o en cualquier otro ámbito, cuando le fuera ocasionado como represalia por su denuncia o testimonio”.

En una segunda parte, el documento fija el procedimiento de intervención a seguir, el cual abarca la metodología para la recepción de consultas, entrevistas e intervenciones específicas de la Comisión de Género y Diversidad, así como la presentación de denuncias ante el Cuerpo y las diferentes medidas y sanciones a tomar de acuerdo a la gravedad de cada caso.

El acto, plasmado con la Resolución 71/2022 TC, representa un punto de inflexión dentro de la gestión del Tribunal de Cuentas, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Nacional 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contras las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. Asimismo, para su elaboración, el Protocolo adoptó los principios rectores y recomendaciones enunciado en el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) e incorporó elementos del procedimiento de intervención del estatuto de la Auditoría General de la Nación (AGN).