
Boletas y Pagos
¿Cómo genero una boleta de pago?
Paso 1: Ingresá al Portal del Cuentadante.
Paso 2: Colocá el número de CUIL y la contraseña, presioná el botón “Ingresar”.
Paso 3: Sobre el menú realizá un clic en “Boletas y Pagos” y luego en “Generar Boleta”.
Paso 4: Completá los datos y presioná el botón “Generar”. Podrás imprimir la boleta o proceder a su pago directo de forma online.
Comedores Escolares
¿Qué documentación debo presentar al momento de llevar a cabo una rendición?
Para poder llevar a cabo la Rendición de Subsidios para Comedores Escolares deberás presentar la siguiente documentación y en el orden que se especifica a continuación:
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Extracto/Resumen Bancario.
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Comprobantes Originales.
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Constancia de Inscripción AFIP.
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Planilla Discriminativa. Descargar Documento.
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Planilla de Responsables. Descargar Documento.
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Instrumento Legal (MEMO).
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Nota de Elevación. Descargar Documento.
Portal del Cuentadante
¿Cómo me registro en el Portal del Cuentadante?
Paso 1: Ingresá al Portal del Cuentadante.
Paso 2: Presioná sobre “Crear Cuenta”.
Paso 3: Completá los datos solicitados en cada sección: Datos Personales, Documentación, Domicilio, Contacto y Contraseña.
Podés avanzar o retroceder con los botones “Siguiente” o “Anterior”. Los campos señalizados con un asterisco (*) son obligatorios.
Paso 4: Una vez ingresados todos los datos presioná el botón “Finalizar” y luego en “Ok”. El portal te redireccionará y solicitará un código de validación que te llegó por e-mail.
Paso 5: Ingresá el código de validación que te llegó por correo electrónico y presioná el botón “Validar”.
Paso 6: Listo! Ya has concretado el registro de usuario y podrás ingresar al portal con tu usuario (CUIL) y contraseña.
¿Qué sucede si olvidé mi clave?
Si olvidaste tu clave la podes resetar siguiendo los pasos que se especifican a continuación:
Paso 1: Ingresá al Portal del Cuentadante.
Paso 2: Presioná sobre “Olvide mi clave“.
Paso 3: Ingresar tu usuario (CUIL) y presiona el botón “Recuperar Contraseña“.
Paso 4: Aparecerá un mensaje informando que se te ha enviado un código de validación por e-mail.
Paso 5: Deberás ingresar el código de acceso recibido y la nueva clave junto con su confirmación. A continuación, presiona el botón “Cambiar Contraseña“.
Paso 6: Listo! has concretado el reseteo de clave. Ya podrás ingresar al portal con usuario (CUIL) y la nueva contraseña.
Si ya completé el registro en el portal del cuentadante pero me faltó validar el correo electrónico ¿Cómo debo seguir?
Paso 1: Ingresá al Portal del Cuentadante.
Paso 2: Carga tu usuario (CUIL) y contraseña y presiona el botón “Ingresar”.
Paso 3: En pantalla vas a observar un mensaje indicando que aún debes verificar tu correo electrónico. Para avanzar, debes presionar el botón “Enviar Correo”.
Paso 4: Seguidamente, ingresa tu usuario (CUIL) y presiona el botón “Validar Correo Electrónico”.
Paso 5: Inmediatamente, recibirás un e-mail con el código de validación.
Paso 6: Deberás ingresar el código de acceso recibido y presionar el botón “Validar“.
Paso 7: Listo! Ya ha concretado el proceso de validación del correo electrónico. Ya podrás ingresar al portal con usuario (CUIL) y la nueva contraseña.
Subsidios
¿Qué es un subsidio?
A los fines de la rendición ante el Tribunal de Cuentas los subsidios o subvenciones son “ayudas económicas que una persona o entidad reciben de un organismo oficial para satisfacer una necesidad determinada”, que pueden ser desde realizar una obra o su mantenimiento, organizar un evento o actividad, ejecutar alguna acción, comprar materiales o insumos, etc.
¿Quiénes son los responsables de la rendición de un subsidio?
Son responsables solidarios de la rendición de subsidios aquellas personas que reciben el monto respectivo y figuren como firmantes del correspondiente recibo. También lo son aquellas que tengan a su cargo la administración de los fondos y dependa de ellas directamente la ejecución del destino establecido por el dispositivo legal correspondiente.
¿Qué plazo tengo para utilizar un subsidio?
En general, un subsidio debe invertirse dentro de los 30 días corridos luego de recibido. Se deberá llevar registro de los gastos mensuales, comenzando con los realizados dentro del mes de recibido el subsidio.
¿Cuánto tiempo tengo para rendir un subsidio?
La rendición total del subsidio, debe efectuarse dentro de los sesenta (60) días corridos (*), contados a partir del último día del mes en que fuera recibido.
(*) Incluidos días feriados, sábados, domingos y días de feria
¿Qué sucede si no se gastó todo el subsidio dentro de los 30 días?
Cuando el cumplimiento del objeto o finalidad para lo que fue otorgado el subsidio excediera los treinta (30) días corridos, se podrá realizar una rendición parcial. En ella deberá constar el detalle de lo invertido y el saldo pendiente sin utilizar. Este último deberá acreditarse mediante resumen bancario.
Las rendiciones parciales posteriores deberán ser presentadas dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados a partir de la fecha de la última rendición realizada ante el Tribunal de Cuentas, el que se debe expedir sobre las mismas.
¿Qué documentación debo presentar para rendir un subsidio?
Los comprobantes de los gastos o compras realizados con el subsidio (facturas, recibos, etc.), deben cumplir con lo establecido en el Artículo 6, de la Resolución IV – Nro 6. Presentamos a continuación algunos de ellos:
- Deben demostrar fehacientemente el pago efectuado mediante la respectiva factura contado, recibo de pago, o documentación equivalente, como así también que los fondos fueron sólo aplicados al destino legal establecido cuando se extienda el término de la gestión a más de treinta (30) días, mediante extractos o resúmenes bancarios o documentación que justifique el destino dado en dicho período;
- Todos los comprobantes que compongan la rendición de cuentas deben registrar al pie o al dorso de los mismos el visto bueno de los responsables;
- Los remitos o constancias de recepción firmados por los responsables;
- Cuando el gasto se realice en concepto de construcción, ampliación, mejora, refacción o conservación de inmuebles, corresponde adjuntar los presupuestos y/o contratos de obras y el certificado de obra (final o parcial según el caso);
- En el caso de que se rindan gastos para el desarrollo de planes y programas, sub programas, componentes, sub componentes o similares, se presentará copia del mismo, presupuesto correspondiente.
IMPORTANTE: Puede consultar todos los requisitos de los comprobantes en este enlace
¿Qué consecuencias tiene no presentar la rendición de un subsidio?
Los responsables que no presenten la rendición de un subsidio, deberán reintegrar el monto que hubieran percibido, actualizado conforme a lo establecido por la norma vigente dictada por Tribunal de Cuentas.
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