Ante reiteradas consultas recibidas, el Tribunal de Cuentas se ve en la necesidad de clarificar diversas situaciones originadas a partir su Resolución 164/2021.
Dicha Resolución establece la unificación, en una sola nueva cuenta, de los fondos que le son abonados al organismo en concepto de cargos y multas a partir del 1ro de enero del año 2022. No obstante, existieron varias sentencias del organismo emitidas antes de esas fechas y notificadas con posterioridad, que establecían que los pagos de las obligaciones debían realizarse en las cuentas utilizadas anteriormente. Como consecuencia, cuando los cuentadantes pretendían realizar sus operaciones invocando las cuentas mencionadas, se les informaba que las mismas eran inexistentes.
Esta situación ha generado un variado número de reclamos, en función de lo cual el Tribunal de Cuentas lleva a conocimiento de cuentadantes, responsables y del público en general que, para abonar sus obligaciones ante este organismo, hoy se encuentra disponible en el sitio web la opción Botón de pago, la cual direcciona las operaciones de manera automática a la cuenta respectiva.
Asimismo, se destaca como beneficio adicional que, mediante el pago “en línea”, las personas ya no deben presentar ni enviar ninguna documentación física o digital al organismo.