Ante una situación de alta demanda de turnos para atención, el Tribunal de Cuentas pone en conocimiento de cuentadantes y responsables que, para la presentación de rendiciones anuales previstas en la Ley I – N° 3, el organismo tomará como fecha de ingreso el día de la solicitud del turno en línea, a través de la plataforma Whyline, y no la fecha que ésta asigne para la efectiva atención en nuestra sede.
Para corroborar dicha solicitud, la rendición deberá incluir la constancia del turno oportunamente gestionado (correo electrónico que envía la plataforma) al momento de presentar la documentación en forma física en nuestra Mesa de Entradas y Salidas.